9.6.10

sem actos não há palavras que valham: mas as palavras que são um acto tornam-se um bom princípio-fundamento


e aí está mais uma iniciativa da dircom. na simplicidade de uma declaração e de um manifesto a revelação de uma reflexão sobre a filosofia da comunicação e expondo uma quase-teoria da comunicação corporativa, para já não falar da dimensão ética e moral ali encerrada. Gostava de ver isto a acontecer em Portugal ( o manifesto apresenta-se no original)

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Los directivos y profesionales de la Comunicación, agrupados en la Asociación de Directivos de Comunicación, Dircom:
􀂃 Habiendo realizado una reflexión profunda sobre la situación de la Responsabilidad Social en España, tanto de las empresas como de las
otras organizaciones sociales;
􀂃 Teniendo en cuenta los trabajos de la Vocalía Ejecutiva de Dircom sobre la RS, los principales estudios recientes tanto propios como de
otras organizaciones relevantes, y la encuesta efectuada por Dircom entre sus setecientos asociados;
􀂃 Considerando que las buenas conductas de todas las organizaciones sociales son esenciales para la sostenibilidad de cualquier proyecto
personal o colectivo;

Manifestamos:
1. Que una sociedad es responsable cuando todas las organizaciones
comparten una apuesta común por los valores y conductas que las
legitiman y hacen sostenibles en el tiempo; y cuando todos los
grupos de interés asumen el compromiso y coherencia de su
defensa.
2. Que una sociedad responsable implica unas conductas extendidas,
de acuerdo a los valores vigentes, a todas las actividades y a todas
las organizaciones, tanto públicas como privadas, esto es: a las
administraciones públicas, partidos políticos, fundaciones,
organizaciones no gubernamentales, sindicatos, patronales,
universidades, fundaciones, empresas…
3. Que la Responsabilidad Social, para que sea creíble en cualquier
organización, debe adoptar unas conductas que han de ser
soportadas por unos procesos y procedimientos, desarrollados a tal
fin, que sean coherentes con sus actividades, actitudes y acciones;
trasparentes para sus grupos de interés y evaluables a lo largo del
tiempo.
4. Que en la configuración de la Responsabilidad Social de las
organizaciones sociales, han de participar todas las partes
interesadas, para proporcionar unas referencias de actuación
acordes con sus valores y expectativas, y en concordancia con la
actividad que realizan y los productos o servicios que, en su caso,
prestan.
5. Que la Responsabilidad de las Administraciones Públicas, va más
allá del cumplimiento de la Constitución y la legalidad, asumiendo
unos valores y conductas, en sus relaciones con los ciudadanos,
que provoquen su legitimación social.
6. Que el Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas debería
orientar sus cometidos y actividades hacia el impulso, conocimiento y
significado de la Responsabilidad hoy, de todas las Administraciones y
organizaciones públicas, y a su consecuente implantación. Estableciendo
unos procedimientos de actuación claros y trasparentes, que faciliten las
relaciones a los individuos, las organizaciones sociales y a las empresas.
7. Que la metodología y estándares de reporte de la Responsabilidad, tanto de
las empresas, como de las otras organizaciones sociales, deberían propiciar
unos procedimientos de formalización, auditoria, verificación y certificación,
mucho más sencillos para facilitar la compresión, comparación,
interpretación y conocimiento que las partes interesadas necesitan, para
tomar sus decisiones de legitimación, elección o rechazo.
8. Que la Responsabilidad Social de las empresas es una forma de crear valor
reconocido por sus grupos de interés, y por tanto no es una liberalidad, sino
una necesidad inherente a su subsistencia, diferenciación, discriminación y
competitividad. Por lo tanto, no necesita tutelas ni intromisiones externas.
9. Que es necesario preservar, frente a cualquier tentación reglamentista, el
carácter libre y voluntario del conjunto de actuaciones sociales,
medioambientales y de cualquier otra naturaleza que comúnmente forman
parte del concepto de Responsabilidad Social de la empresa, ya que
corresponde a la sociedad civil premiarlas o castigarlas, según el valor
reconocido en las conductas propuestas y la capacidad de elección de sus
grupos de interés.
10. Que la Responsabilidad que cada empresa adopta, constituye un elemento
esencial de singularización pública y de relación con sus grupos de interés,
por el conjunto de valores y conductas de ciudadanía que hoy asume, y
por tanto, de inserción en la sociedad como agente de cultura, civilización y
progreso.
Madrid, 8 de junio de 2010